La medida que beneficia a más de 3700 contribuyentes del régimen simplificado, fue dispuesta de oficio por la AREF. De acuerdo a la agencia, dichos contribuyentes no tendrán que abonar los períodos de junio, julio y agosto del corriente año.

La AREF dispuso la exención del pago de Ingresos Brutos para pequeños contribuyentes provinciales.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Emergencia Económica, la Agencia de Recaudación Fueguina dispuso poner en marcha la eximición del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a aquellos contribuyentes del régimen simplificado que no cuenten con una relación de empleo bajo dependencia por el término de 90 días.
De acuerdo a la información suministrada por la AREF, la medida alcanza a 3717 contribuyentes que no tendrán que abonar los períodos de junio, julio y agosto del corriente año.
Para acceder al beneficio, los contribuyentes alcanzados por la normativa no deberán realizar trámite alguno, más que ingresar al siguiente link para consultar si fueron incorporados a la eximición.
Aquellos contribuyentes que no se encuentren incluidos en el listado en cuestión y que cumplan con los requisitos de ley, deberán solicitar el beneficio mediante correo electrónico beneficio.regimensimplificado@aref.gob.ar indicando número de C.U.I.T.; nombre y apellido completos, y email declarado para contacto y remisión de respuesta.